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La reforma del código penal podrá suponer penas de cárcel por resistencia pasiva

Mostrar resistencia pasiva podrá considerarse "atentado a la autoridad", pudiendo suponer penas de entre 1 y 6 años de prisión. Con estas medidas intimidatorias, el Gobierno pretende evitar las concentraciones populares que se vienen dando cada vez con más apoyo desde mayo del pasado año.
12 abril, 2012 Actualizado: 5 marzo, 2025

El Ejecutivo ha decidido reformar el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana ante las muestras de descontento social que vienen dándose en las calles de forma muy evidente desde mayo del año pasado. De seguir adelante esta propuesta, prácticamente cualquier forma de activismo social podría ser objeto de sanciones y detenciones.

Ayer, en la sesión de control del Congreso, el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, justificó este endurecimiento alegando que es necesario luchar contra lo que denomina una “espiral de violencia” que, según sus declaraciones a Europa Press, es practicada por “colectivos antisistema” que utiliza “técnicas de guerrilla urbana”.

Pero la legislación no sólo afectará a quienes se manifiesten de forma violenta, ya que plantea toda una serie de restricciones de los más elementales derechos constitucionales, como el derecho a reunión pacífica contemplado en su artículo 21. Y es que el Gobierno propone incluir como delito de atentado a la autoridad la simple resistencia pasiva, como puede ser negarse a moverse de un determinado lugar. Las penas actuales por “atentado a la autoridad” oscilan entre 1 y 6 años de prisión. Con esta nueva legislación podrían ser condenadas por atentado todas las personas que acudan a, por ejemplo, una sentada pacífica sin previa notificación a la Delegación de Gobierno. Además, convocar una concentración o protesta pacífica a través de internet será considerado como “delito de integración en organización criminal” si durante la realización de la misma tiene lugar algún incidente de carácter violento.

También se incluirá como delito de desorden público penetrar en establecimientos públicos u obstaculizar el acceso a los mismos. En este sentido, se ampliará la cuantía de los daños no sólo a los que se produzcan en establecimientos, sino también a los que podrían derivarse de la interrupción de cualquier servicio público.

Las recientes declaraciones del Conseller de Interior de Catalunya, Felip Puig, al respecto de la necesidad de endurecer el Código Penal ante las protestas callejeras no dejan lugar a dudas sobre sus intenciones: “no son para que entre más gente en prisión sino para que haya más gente que tenga más miedo al sistema y no sea tan osada”.

Unidos Contra la Represión del Movimiento de Derechos Animales

 

La aprobación de este tipo de medidas coercitivas supone una amenaza muy grave a la libertad de expresión de la sociedad en su conjunto. El carácter intimidatorio de esta reforma del código penal afecta muy directamente al crecimiento de movimientos ciudadanos pacíficos que, mediante concentraciones, manifestaciones y otras formas legítimas de protesta, tratamos de mostrar nuestro rechazo ante un gran número de injusticias sociales, entre las cuales se encuentra, por supuesto, la que padecen los animales día tras día en centros de explotación.

Por favor, visita www.UnidosContraLaRepresion.org e infórmate de la situación que vive el movimiento por los Derechos Animales en el Estado español. Difunde, apoya, colabora... para que el activismo por los animales no sea censurado ni oprimido. Porque somos la única esperanza de millones de víctimas.


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