Nueva investigación: cerdos maltratados en Aragón. Firma y exige justicia
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Un juez no considera “maltrato animal” la congelación de perros y gatos vivos

El magistrado se basa en que la congelación no está citada expresamente como método prohibido para el “sacrificio de animales de compañía” según la legislación, por lo que ha decidido archivar la causa. Las protectoras denunciantes recurrirán esta decisión.
18 mayo, 2012

La causa contra el antiguo director del Centro de Protección animal de Zaragoza, acusado por dos protectoras de “maltrato animal”, ha sido archivada. El titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Zaragoza no considera que la congelación de animales vivos y su muerte sin sedación quebranten la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón. El magistrado se apoya en que en el Anexo III de la citada legislación, que recoge los “métodos de sacrificio de animales de compañía prohibidos”, no se veta la congelación.

El antiguo director del centro Servicios de Vanguardia Veterinaria S. L. ‘Las Jaras’ se mostró visiblemente emocionado después de que el juez archivara la causa en la que se le acusaba presuntamente de maltrato animal. Aseguró que siempre había realizado el trabajo correctamente y lo mejor posible “con las herramientas que teníamos en la mano.

Aunque son muchas las formas “ilegales” contempladas en la legislación para acabar con la vida de los animales de las perreras, existen infinidad de métodos que no aparecen indicados y que, siguiendo la argumentación del juez, podrían ser utilizadas con total impunidad.

Entre los procedimientos calificados como delito en la citada ley aparecen la utilización de balas cautivas, el ahogamiento, la dislocación del cuello, los golpes, el uso de metoxiflurano, tricloroetileno, cloroformo, hidrato de cloral, sulfato de manganeso, monóxido de carbono, nitrógeno, ácido cianhídrico, estricnina, bloqueantes neuromusculares, dióxido de carbono, protóxido de nitrógeno, éter dietílico, ciclopropano y nicotina. Además, también se prohíbe la muerte por descompresión, estrangulación, electrocución, decapitación, asfixia y embolia gaseosa.

 

Independientemente de que el método empleado para acabar con la vida de un individuo sea considerado o no legal, en Igualdad Animal nos oponemos firmemente a la pena de muerte para cualquier animal. El hecho de pertenecer a una u otra especie no es relevante a la hora de tener consideración por quienes son capaces de experimentar emociones y quieren disfrutar de sus vidas sin ser perjudicados.


Fuente

Zaragoza

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